INFORME DE AMNISTÍA INTERNACIONAL
Reino de España Jefe del Estado: rey Felipe VI de Borbón Jefe del gobierno: Mariano Rajoy Se restringió desproporcionadamente el derecho a la libertad de expresión y el derecho de reunión pacífica de personas que apoyaban la independencia catalana. Decenas de personas fueron procesadas por “enaltecimiento del terrorismo” y “humillación a las víctimas” en redes sociales. Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley emplearon fuerza excesiva contra manifestantes que opusieron resistencia pacífica a la operación policial que daba cumplimiento a la orden judicial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que impedía la celebración del referéndum sobre la independencia de esa comunidad autónoma. España reubicó a un número de solicitantes de asilo menor del que se había comprometido a acoger en el marco del programa de reubicación de la UE, y también reasentó a menos personas refugiadas de las previstas en su compromiso. Continuaron los desalojos forzosos, que afectaron a miles de personas. Las autoridades continuaron cerrando investigaciones sobre crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo.
INFORMACIÓN GENERAL
En agosto se perpetraron dos violentos atentados en Cataluña, con el resultado de 16 personas muertas y varias más heridas. Su autoría fue reivindicada por el grupo armado Estado Islámico. Seis de los presuntos autores murieron a manos de las fuerzas de seguridad, y cuatro hombres más fueron detenidos y procesados por implicación en los atentados y pertenencia al grupo que los llevó a cabo. El 1 de octubre, el gobierno de Cataluña celebró un referéndum sobre la independencia de esta comunidad autónoma del nordeste del país, desafiando varias sentencias del Tribunal Constitucional. El 17 de octubre, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la ley autonómica en la que se basaba el referéndum y confirmó su suspensión cautelar, adoptada el 7 de septiembre a fin de evitar el referéndum. El 27 de octubre, los grupos políticos independentistas del Parlamento autonómico catalán declararon unilateralmente la independencia de Cataluña. El mismo día, el Senado autorizó al gobierno español adoptar medidas en aplicación del artículo 155 de la Constitución de España, que en la práctica suspendían la autonomía de la comunidad. El 21 de diciembre volvieron a celebrarse elecciones autonómicas; el partido que obtuvo el mayor número de votos no era independentista, si bien la mayoría parlamentaria correspondió al conjunto de partidos independentistas.
LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y DE REUNIÓN
Algunas autoridades restringieron de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión y de reunión pacífica tras la decisión de suspender cautelarmente la ley del referéndum catalán adoptada por el Tribunal Constitucional el 7 de septiembre. En Madrid y Vitoria (País Vasco), los tribunales prohibieron dos reuniones públicas de apoyo al referéndum. El ayuntamiento de Castelldefels (Cataluña) dictó una prohibición general del uso de los Informe 2017/18 Amnistía Internacional 189 espacios públicos para celebrar reuniones a favor o en contra del referéndum. El 16 de octubre, una jueza de la Audiencia Nacional ordenó prisión provisional para Jordi Cuixart y Jordi Sànchez, presidentes de sendas organizaciones independentistas catalanas. Fueron detenidos y acusados de sedición, delito definido de manera muy general, en relación con protestas que habían organizado en Barcelona los días 20 y 21 de septiembre para, según la jueza, oponerse a una operación policial legítima. En noviembre, el Tribunal Supremo asumió las actuaciones judiciales contra Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y amplió la investigación contra ellos por un posible delito de rebelión. Se procesó a decenas de personas por “enaltecimiento del terrorismo” y “humillación a las víctimas” en las redes sociales. En muchos casos, las autoridades presentaron cargos contra personas que habían expresado opiniones que no constituían incitación a cometer un delito de terrorismo y que se inscribían entre las formas de expresión permisibles con arreglo al derecho internacional de los derechos humanos. Veinte personas fueron declaradas culpables en el curso del año. En marzo se declaró a Cassandra Vera culpable de “humillación a las víctimas de terrorismo” y se le impuso una condena de un año de prisión cuya ejecución se suspendió. Había publicado en Twitter unos chistes sobre el homicidio en 1973 de Carrero Blanco, presidente del gobierno de Franco. En enero, el juez de instrucción sobreseyó la causa por incitación al odio contra Alfonso Lázaro de la Fuente y Raúl García Pérez, titiriteros profesionales que en febrero de 2016 habían estado cinco días en prisión provisional por cargos de “enaltecimiento del terrorismo” e incitación al odio. Los cargos de “enaltecimiento del terrorismo” se habían retirado en 2016. Continuaron imponiéndose a particulares, activistas de derechos humanos y periodistas sanciones administrativas basadas en la Ley de Seguridad Ciudadana y que podían constituir restricciones ilegítimas del derecho a la libertad de expresión, de reunión pacífica y de información. Se impuso una multa de 601 euros a la periodista Mercé Alcocer, de Catalunya Radio, por desobedecer una orden de la policía. Había traspasado una línea policial no señalizada al intentar entrevistar a un testigo cuando estaba cubriendo la información de un caso de corrupción investigado en la Audiencia Nacional. La periodista recurrió la sanción alegando que había retrocedido cuando se lo habían ordenado y que existían grabaciones de cámaras de seguridad que lo demostraban. Las imágenes no fueron admitidas como prueba, y su recurso estaba pendiente al final del año.
TORTURA Y OTROS MALOS TRATOS
En septiembre, la Audiencia Nacional retiró la solicitud de extradición de Nekane Txapartegi desde Suiza. El plazo de ejecución de una sentencia dictada contra ella en diciembre de 2009 había expirado. En abril, el relator especial de la ONU sobre la tortura había instado a las autoridades suizas a oponerse a la extradición. Nekane Txapartegi afirmaba haber sufrido tortura y otros malos tratos durante los cinco días que había permanecido recluida en régimen de incomunicación en una comisaría de policía de Madrid en 1999. Había sido detenida como sospechosa de delitos de terrorismo y de pertenecer a ETA. Sus denuncias de tortura no se habían investigado exhaustivamente entonces. En mayo, el Tribunal Constitucional admitió un recurso presentado por el gobierno contra una ley del Parlamento vasco relativa al reconocimiento y la reparación de las víctimas de violaciones de derechos humanos en el País Vasco. USO EXCESIVO DE LA FUERZA Los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley que controlaron las protestas del 1 de octubre en Cataluña emplearon fuerza excesiva contra manifestantes pacíficos que se oponían a una operación policial. La policía disparó cartuchos de 190 Informe 2017/18 Amnistía Internacional fogueo y pelotas de goma, e hirió de gravedad a una persona, que perdió la visión de un ojo.
DERECHOS DE LAS PERSONAS REFUGIADAS Y MIGRANTES
España incumplió su compromiso de reubicar a 15.888 solicitantes de asilo en aplicación del programa de reubicación de emergencia de la UE; al final del año había reubicado a 1.328, 592 de nacionalidad siria. Tampoco cumplió su compromiso de reasentar a 1.449 personas refugiadas de Oriente Medio y del norte de África; a fecha de 31 de diciembre habían sido reasentadas 1.360, todas de nacionalidad siria excepto una que era palestina. De enero a diciembre se presentaron 25.853 solicitudes de asilo, y al concluir octubre seguían pendientes 34.655. Quienes solicitaban asilo seguían recibiendo con retraso la decisión sobre su solicitud. En muchos casos, el plazo durante el que estas personas tenían derecho a recibir apoyo del gobierno mientras aguardaban la respuesta a su solicitud expiraba mucho antes de que se hubiera tomado la decisión. Según Frontex, la agencia de la UE para la gestión de las fronteras, hasta septiembre hubo 21.663 entradas irregulares por la ruta del Mediterráneo occidental, más del doble que en el mismo periodo de 2016. En octubre, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sostuvo que la devolución inmediata a Marruecos de migrantes subsaharianos que intentaban acceder al territorio español en Melilla en 2014 constituía una expulsión colectiva de ciudadanos extranjeros.
SEGURIDAD Y MEDIDAS ANTITERRORISTAS
El poder judicial continuó aplicando de manera desproporcionada la legislación antiterrorista. Tres de las siete personas detenidas y acusadas de delitos de terrorismo por su presunta participación en una agresión a dos guardias civiles fuera de servicio y sus parejas en un bar de Alsasua (Navarra) en octubre de 2016 permanecían en prisión preventiva, pendientes de una vista prevista para abril de 2018. VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES Según el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, 48 mujeres (y 8 menores de edad) perdieron la vida a manos de sus parejas o ex parejas. En septiembre, el Parlamento aprobó un plan para combatir la violencia de género que incluía la reforma de la legislación y otras medidas dirigidas a cumplir las obligaciones proclamadas en el Convenio de Estambul en relación con la violencia contra las mujeres.
DERECHO A LA VIVIENDA
Miles de personas sufrieron desalojos forzosos sin garantías judiciales adecuadas ni provisión de alojamiento alternativo por el Estado. Hubo 26.767 desalojos por impago de alquiler y 16.992 por ejecución hipotecaria. El gasto público en vivienda continuó disminuyendo, a pesar de que persistía una gran demanda de vivienda social asequible, cuya escasez afectaba especialmente a las madres solteras y a las sobrevivientes de la violencia de género. En julio, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la ONU admitió una denuncia presentada contra España por no haber proporcionado alojamiento alternativo a una familia desalojada.
IMPUNIDAD
Las autoridades españolas continuaron cerrando investigaciones sobre crímenes de derecho internacional cometidos durante la Guerra Civil y el franquismo, argumentando que no era posible investigar los crímenes denunciados —que incluían desapariciones forzadas y tortura— debido, entre otras cosas, a la Ley de Amnistía y a la prescripción de los delitos. Además, siguieron sin adoptar medidas para localizar e identificar los restos de víctimas de desaparición forzada y ejecución extrajudicial, dejando que las familias y las organizaciones interesadas acometieran los proyectos de exhumación sin el apoyo del Estado. Informe 2017/18 Amnistía Internacional 191 En febrero, la Procuraduría General de la República de México puso en marcha una investigación sobre el denominado caso de los “bebés robados”, lo que convirtió a este país en el segundo que investigaba los crímenes de derecho internacional cometidos en España durante la Guerra Civil y el franquismo. La investigación se refería al caso de una mujer nacida en España en 1968 y a quien, según la información recibida, habían arrebatado a su familia y entregado a una familia mexicana. En septiembre, el Grupo de Trabajo de la ONU sobre Desapariciones Forzadas o Involuntarias afirmó que este caso representaba otra oportunidad para la plena cooperación de España en las investigaciones emprendidas por otros Estados sobre desapariciones forzadas ocurridas en el país. El poder judicial invocó las modificaciones de la legislación sobre la jurisdicción universal introducidas en 2014 para no investigar crímenes de derecho internacional —como desapariciones forzadas y tortura— cometidos contra ciudadanos españoles en Siria y Venezuela en 2017.