Thursday, June 06, 2019

Una sentencia judicial constata que la atención sanitaria en España no es universal | Periodistas en Español

Una sentencia judicial constata que la atención sanitaria en España no es universal | Periodistas en Español



Una sentencia judicial constata que la atención sanitaria en España no es universal

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deniega el acceso a la atención sanitaria a una mujer de nacionalidad cubana reagrupada legalmente en Galicia
Amnistía Internacional ha hecho público que una sentencia del Tribunal Supremo de España avala que Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) deniegue el acceso a la atención sanitaria a una mujer de nacionalidad cubana reagrupada legalmente en este país, significando que “la sanidad universal no está garantizada”.
Marea blanca frente al Ministerio de Sanidad / Fotos Agustín Millán
Marea blanca frente al Ministerio de Sanidad / Fotos Agustín Millán
Amnistía añade que esta sentencia “pone en riesgo el acceso a la atención sanitaria para miles de personas que se han reagrupado de manera legal con sus familias en España”, al anular la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en la que se declaraba ese derecho a la atención sanitaria, tal y como han hecho otros tribunales superiores de diferentes comunidades autónomas para garantizar de manera efectiva el derecho a la salud a las personas reagrupadas legalmente en España.
“La sentencia supone la constatación de que la actual normativa sobre universalidad, el RD7/2018 no garantiza de manera absoluta la protección de todas las personas extranjeras que residen en España, como ya veníamos advirtiendo las organizaciones. Esta decisión ahonda en la exclusión sanitaria de las personas reagrupadas legalmente en España y da la espalda a las recomendaciones de mecanismos internacionales de protección de Naciones Unidas y del Consejo de Europa. Garantizar la sanidad universal significa que todas las personas que residen en España, independientemente de su nacionalidad y su situación administrativa, disfruten de su derecho a la salud, sin ningún tipo de trabas” asegura Marta Mendiola, responsable de derechos económicos, sociales y culturales en Amnistía Internacional España.
“La Sentencia describe claramente como en 2012 se produjo una regresión en el reconocimiento del derecho a la atención sanitaria, regresión que no ha sido plenamente revertida por el Real Decreto-Ley 7/2018, particularmente en lo que respecta a las personas que llegan a España fruto de un proceso de reagrupación familiar. Esto evidencia que el tan anunciado regreso de la Sanidad Universal dista aún de ser una realidad para muchas personas que viven en España” declara José Félix Hoyo, presidente de Médicos del Mundo y portavoz de REDER.
“La sentencia recoge los argumentos del INSS, que más de 80 jueces han desmontado. Las familias quedan en una situación de inseguridad jurídica, sanitaria y vital grave, que se inició con la reforma del PP y que el decreto del PSOE no ha revertido. Nos acogemos al voto particular y al criterio de los jueces de lo social y continuaremos la vía jurídica pues las familias no pueden permitirse dejar de luchar por su derecho a la asistencia sanitaria” destaca Marta Pérez, portavoz de Yo Sí sanidad universal.
La sentencia del Tribuna Supremo que da la razón al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), impidiendo así el acceso a la atención sanitaria a una mujer de nacionalidad cubana reagrupada legalmente por su hija, ha sido rechazada por las organizaciones Amnistía Internacional, la Red de denuncia y resistencia al RDL 16/2012 (REDER) integrada por más de 300 organizaciones, entre ellas Médicos del Mundo, la Sociedad Española de Medicina Familiar y Comunitaria (semFYC) y la Federación de Asociaciones en Defensa de la Sanidad Publica (FADSP) y Yo sí sanidad universal.
Las organizaciones firmantes instan al nuevo Gobierno a que en la próxima legislatura corrija las lagunas de desprotección que contiene el Real Decreto 7/2018 y reforme la Ley de extranjería garantizando una verdadera y efectiva universalidad en el acceso al derecho a la salud.

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